jueves, 19 de marzo de 2015

EL RECURSO



El 23 de enero se entregaba desde Txipio Bai el Recurso contencioso administrativo impugnando el deslinde de Lamiako.

  • La Vega de Lamiako está incluida en el PTS de Zonas Húmedas de la CAPV como zona húmeda natural costera. En su ficha se habla de valores naturalistico, relíctico –única en el Abra-, flora y fauna.

  • El Ayuntamiento de Leioa catalogó la Vega de Lamiako como área de interés naturalístico-paisajístico en el diagnóstico ambiental de Leioa elaborado para Agenda XXI

  • La Vega de Lamiako no se encuentra destruida de forma definitiva ni irreversible  y, pese a su degradación, continúa experimentando cierta influencia mareal (apoyado incluso en diferentes estudios elaborados para los proyectos planeados para Lamiako) siendo posible su recuperación ambiental

  • La Vega de Lamiako se encuentra dentro del dominio estuarino

  • La Vega de Lamiako posee vegetación halófila y subhalófila que demuestra la influencia marina y que la desnaturalización/desecación no es irreversible

  • Interés ornitológico corroborado por el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco

La Ley de Costas define como bienes del dominio público marítimo- terrestre “las márgenes de los ríos hasta el sitio donde se haga sensible el efecto de las mareas”, “los terrenos bajos que se inundan como consecuencia del flujo o reflujo de las mareas, de las olas o de la filtración del agua del mar”, “los terrenos ganados al mar como consecuencia directa o indirecta de obras y los desecados en su ribera”.
La Jurisprudencia señala que “lo relevante, a los efectos de la regulación legal del deslinde, son las características naturales del terreno, que determinan su calificación jurídica y han de ser tenidas en cuenta al trazarlo, con independencia que el terreno haya sido transformado por obras e instalaciones (que en el caso de Lamiako aún no se han realizado)


Por otra parte se denuncian varias arbitrariedades en el propio proceso del deslinde por lo que se solicita la nulidad de éste y determinar un deslinde alternativo según las coordenadas del PTS de Zonas Húmedas para la Vega de Lamiako.


A día de hoy tenemos noticia de que se han personado el Consorcio de Aguas (promotor de la Estación Depuradora de Aguas Residuales), Puertos del Estado y BBK (propietaria de terrenos en Lamiako).


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